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CÓDIGO TRIBUTARIO – NUEVO TEXTO – ART. 6, INCISO SEGUNDO, LETRA A), N° 1 – LEY N° 20.780, DE 2014 – RESOLUCIÓN EXENTA N° 33, DE 2015. (ORD. N° 0154, DE 20.01.2016)
FORMULA CONSULTAS Y COMENTARIOS SOBRE LA LEGISLACIÓN TRIBUTARIA.
Mediante ordinario indicado en el antecedente, se ha trasladado a este Servicio su presentación efectuada a través de correo electrónico de fecha xxx, dirigido a la Presidencia de la República.

I ANTECEDENTES

De acuerdo a su presentación y tras exponer algunas apreciaciones sobre la contingencia nacional, consulta cuál sería el problema de una legislación tributaria simple y clara y por qué se da tanto espacio y valor a la planificación tributaria, actividad a la que la gran mayoría de chilenos no tiene acceso.

Expresa que le parece excelente que se den beneficios tributarios a ciertas actividades a fin de incentivarlas, pero que debieran ser más claros para todos, tanto en el Código Tributario como en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios y en la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Al respecto, y por encargo del Jefe de Gabinete del Subsecretario de Hacienda, a continuación se da respuesta a la presentación que usted hiciera a S.E. la Presidenta de la República.

II ANÁLISIS

En cuanto al primer punto de su presentación, se informa que la Ley N° 20.780, sobre reforma tributaria, introdujo una serie de modificaciones destinadas precisamente a simplificar las normas del impuesto a la renta, eliminar franquicias y exenciones, cerrar brechas de elusión y recoger una serie de recomendaciones entregadas por la OCDE y por el Fondo Monetario Internacional respecto de materias tributarias.

Como parte de ese propósito general, la citada ley incorporó dentro de la estructura orgánica de este Servicio una nueva Subdirección, cuyo objeto principal es desarrollar políticas y programas especiales destinados a otorgar apoyo, información y asistencia a las empresas de menor tamaño y a otros contribuyentes de escaso movimiento económico, con el objeto de facilitar su cumplimiento tributario .
En vista de lo anterior, la Resolución Ex. N° 98 de 2014 creó la Subdirección de Asistencia al Contribuyente, entre cuyas funciones se comprende: desarrollar políticas y programas especiales para facilitar el cumplimiento tributario; controlar y revisar la operatividad de las aplicaciones informáticas y fomentar la capacitación y educación en materias tributarias orientada a los contribuyentes y la ciudadanía en general.
Finalmente, con fecha 15.12.2015, fue ingresado a la Cámara de Diputados un nuevo proyecto de ley destinado a simplificar el sistema de tributación a la renta y perfeccionar otras disposiciones tributarias.
Como se aprecia, se han dado importantes pasos legales y administrativos destinados a simplificar y otorgar mayor claridad a la legislación tributaria.

Respecto de las planificaciones tributarias, y tal como se adelantó más arriba, la citada Ley N° 20.780 tuvo entre sus objetivos velar “porque se pague lo que corresponda de acuerdo a las leyes, avanzando en medidas que disminuyan la evasión y la elusión”.
En ese contexto, una de las principales innovaciones consiste en incorporar al Código Tributario una Norma General Anti-elusión, que permite a este Servicio impugnar las ventajas tributarias obtenidas con abuso o simulación, y sancionar a los contribuyentes y asesores tributarios que hayan participado en su diseño.
Por tanto, aclarando desde ya que no toda planificación tributaria es susceptible de controversia, se informa que se han incorporado importantes modificaciones legales destinadas a cerrar los espacios de elusión y planificación tributaria agresiva.
Finalmente, respecto de la forma en que puede hacer llegar sus opiniones sobre materias tributarias, cabe señalar que, sin perjuicio de las vías institucionales como la utilizada en este caso, la Ley N° 20.780 también incorporó al Código Tributario un procedimiento de participación ciudadana, a través de la consulta pública de proyectos de circulares o instrucciones, con el fin que cualquier persona natural o jurídica opine sobre su contenido y efectos o formule propuestas sobre los mismos .
Finalmente, puede enviar sugerencias a este Servicio a través de la página web de Chileatiende (www.chileatiende.cl).

III CONCLUSIÓN

Junto con valorar las sugerencias y comentarios formulados por la ciudadanía, se informa que las recientes modificaciones introducidas por la Ley N° 20.780 han tenido como propósito, precisamente, resolver – entre otras – las problemáticas señaladas en su presentación, en particular para simplificar y dar claridad al sistema tributario, así como cerrar los espacios a la elusión y planificación tributaria agresiva.
Finalmente, existen diversos canales que permiten a los ciudadanos formular propuestas respecto de normas tributarias.

FERNANDO BARRAZA LUENGO
DIRECTOR

Oficio N° 0154, de 20.01.2016
Subdirección Normativa
Dpto. de Técnica Tributaria