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Próximamente en esta página usted encontrará diversos pronunciamientos del Servicio referido a consultas generales de carácter tributario.


Ley de Impuesto de Timbres y Estampillas- Decreto Ley 3475 de 1980, artículo 1°, N° 3.
Concepto de documentos que contengan operaciones de crédito de dinero para los efectos de aplicar el impuesto del artículo 1°, N° 3, del D.L. N° 3.475.
(Oficio N° 902 de 05 de Marzo de 1993)

Ley Sobre Impuesto de Timbres y Estampillas -  Art. 24° N° 11
Aplicación de las Instrucciones Contenidas en la Circular N° 31, de 1992, Respecto de la Exención que Favorece a los Créditos Destinados a Financiar Operaciones de Exportación.
(
Oficio N° 3155 de 04 de Agosto de 1992).

Ley Sobre Impuesto de Timbres y Estampillas -  Art. 3°
Sobre Aplicación del impuesto de timbres y estampillas en cartas de crédito.
(
Oficio N° 3468 de 9 de Octubre de 1991).

Ley de Impuestos Timbres y Estampillas.  Artículo 1°, N° 3
Aplicabilidad o no del Impuesto de Timbres y Estampillas en la cesión del derecho a cobrar el precio de una factura.
(
Oficio N° 0 4207, de 11 Diciembre de 1990).

Ley Sobre Impuesto de Timbres y Estampillas -  Art. 1° N° 3
Establece que el Comprobante Contable de Egreso de Dinero no debe Considerarse como Documento Afecto al Impuesto de Timbres y Estampillas.
(Oficio N° 3713 de 2 Noviembre de 1988).

Código Tributario Artículo 70°
Interpretación del artículo 70° del Código Tributario, aplicable al caso de disolución de sociedades por mutuo acuerdo de los socios que la conforman.
(
Oficio N°1375, de 02 de Mayo de 1988).

Código Tributario.  Artículo 2, 68 y 88.
Concepto de “Casa Matriz” empleado en las resoluciones del Servicio sobre trámites administrativos.
(Oficio N° 3885 de 01 de Octubre de 1987).

Código Tributario.  Artículo  69°
Obligación de solicitar autorización previa para disminuir el capital social, no existiendo excepción alguna para su debido cumplimiento, de acuerdo al texto del artículo 69° del Código Tributario.
(Oficio N° 1185, de 30 Marzo 1987).

Decreto Ley N° 889, de 1975, Art. 13 - Decreto Ley N° 249, de 1974 – Art. 7.
Presunción de asignación de zona para fines de franquicias regionales, en caso de Práctico de Puertos y Canales.
(Ord. N° 2868, de 26.05.1978)

Impuesto Timbres y Estampillas.  Artículo 31° N°11 D.L. 619.
Alcances de la exención del impuesto que favorece a las  Instituciones con personalidad jurídica cuyo fin sea el culto, actualmente contemplada en el artículo 23° N°9 del Decreto Ley N° 3.475 de 1980.
(Ordinario N° 2873 de 1976)