LEY
SOBRE IMPUESTO A LA RENTA – ART. 14
Y 54° N°1,
56° N° 3, 62 y 63.
(ORDINARIO
N° 1243, DE 06-04-1993)
Situación tributaria del Impuesto de Primera Categoría frente a la
determinación de las utilidades en el FUT y su declaración a nivel del
Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional, según corresponda.