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CÓDIGO TRIBUTARIO – TEXTO ANTERIOR – ARTÍCULO 97 N° 16 PERDIDA DE GUIAS DE DESPACHO – ROBO – OMISION DE PUBLICACIONES - CASO FORTUITO – NORMAS ADMINISTRATIVAS INTERNAS - RECLAMO DE DENUNCIA - RECURSO DE APELACION – CORTE DE APELACIONES DE VALPARAISO – SENTENCIA REVOCATORIA.
La Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso revocó una sentencia dictada por el Tribunal Tributario de la V Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, dejando sin efecto la sanción impuesta al recurrente debido a la pérdida de un talonario de guías de despacho. Al efecto, la Iltma. jurisdicción estimó que la denuncia por robo ante el Juzgado del Crimen competente, así como la declaración de un testigo, configuraban una presunción judicial con características de gravedad y precisión suficientes para formar el convencimiento del Tribunal en cuanto a tratarse de un hecho fortuito. Precisó al efecto, que la circunstancia que el contribuyente no haya realizado las publicaciones establecidas para este evento, no es impedimento para absolverlo, ya que no se trata de un requisito establecido por la ley, debiendo tenerse presente que las circulares, órdenes internas e instrucciones administrativas sólo tienen fuerza obligatoria dentro del Servicio. 2°) Que se encuentra debidamente acreditado en el proceso, mediante la copia del parte policial de fojas 6, que constituye un documento oficial, en que se da cuenta al Primer Juzgado del Crimen de Talcahuano, que el 22 de diciembre de 1993, un individuo sustrajo desde la oficina de Ventas y Encomiendas de Buses Sur, la encomienda N°27063, consignada a Hempel Talcahuano, la que contenía Guías de Despacho, hecho que aparece ratificado por el certificado emitido por la empresa de Transportes Sol del Sur Ltda., de fojas 5 y 33, que si bien se trata de un instrumento privado, sirve de base para una presunción judicial, lo que unido a la declaración del testigo, Miguel Riveros Gómez de fojas 45, le da el carácter de gravedad y precisión suficiente para formar el convencimiento del tribunal de que efectivamente las guías de despacho de que se trata fueron sustraídas desde la oficina de la Empresa de Transportes Sol del Sur de Talcahuano, hecho fortuito que libera de responsabilidad a Pinturas Hempel Chile Ltda. 3°) Que la circunstancia de que la contribuyente no haya hecho las publicaciones en un diario de circulación nacional, como lo ordena una resolución del Servicio, no es impedimento para absolver a la sociedad afectada, ya que no se trata de un requisito establecido por la ley, y se debe tener presente que las circulares, como las órdenes internas e instrucciones dentro de la jerarquía administrativa, sólo tiene fuerza obligatoria interna dentro del Servicio.” CORTE DE APELACIONES DE VALPARAISO – 02/07/98 – ROL N° 142.987 – RECURSO DE APELACION – RECLAMO DE DENUNCIA – PINTURAS HEMPEL CHILE LTDA. C/S.I.I. – MINISTROS SRES. JULIO TORRES ALLU Y ABOGADOS INTEGRANTES SRES. GONZALO MORALES HERRERA Y EUGENIO CORNEJO FULLER. |