Home > Código Tributario- 1999 CODIGO TRIBUTARIO - ACTUAL TEXTO - ARTICULO 97 N° 16 GUIAS DE DESPACHO - PERDIDA O INUTILIZACION - INFRACCION TRIBUTARIA - CORTE DE APELACIONES DE VALPARAISO - RECLAMO DE DENUNCIA - RECURSO DE APELACION - SENTENCIA CONFIRMATORIA. La Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, confirmó en todas sus partes el fallo condenatorio pronunciado por el Tribunal Tributario de la V Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, en la causa seguida por un reclamo de denuncia interpuesto por un contribuyente a quien la administración tributaria denunció por la pérdida no fortuita de guías de despacho al tenor de los que dispone el inciso primero del N° 16 del artículo 97° del Código Tributario. Al efecto, el Iltmo. Tribunal estimó que la pérdida (no fortuita) de guías de despacho efectivamente es un hecho tipificado como infracción tributaria en el inciso primero del número 16 del artículo 97° del Código Tributario, toda vez que dichos documentos se relacionan directamente con actividades afectas a impuestos ya que, por regla general, respaldan operaciones de ventas de mercaderías que deben ser trasladadas desde el lugar de compra al de destino. Sobre el particular la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso planteó las siguientes consideraciones: 1°.- Que esta Corte no concuerda con la opinión de la defensa formulada ante estrados en cuanto los documentos extraviados consistentes en Guías de Despacho no constituyen de aquellos a que se refiere el N° 16 del artículo 97 del Código Tributario, y por lo tanto, su defendido no debería haber sido sancionado como lo decidió el señor Juez Tributario porque tales documentos están directamente relacionados con actividades afectas a impuestos. En efecto, los documentos a que se ha hecho referencia por regla general respaldan operaciones de venta de mercadería que deben ser trasladadas desde su lugar de compra al de destino. 2°.- Que, por no haber acreditado el apelante que la pérdida o extravío de las Guías de Despacho N°s. 2478751 al 2478800, timbradas, de las cuales algunas estaban emitidas y otras no, estos sentenciadores no podrán acoger la petición de dejar sin efecto la multa impuesta por la sentencia recurrida. CORTE DE APELACIONES DE VALPARAISO - 13/10/1999 - ROL 2.847-97 - RECURSO DE APELACION - RECLAMO DE DENUNCIA - COMERCIAL C.C.U. CENTRAL LIMITADA c/S.I.I. - MINISTROS SRES. CARLOS PEREIRA C., CARMEN SALINAS G., MARIO GOMEZ M. |