¿Cómo
se pueden hacer cambios a la Clave Secreta o a otros datos?
Para cambiar la clave de acceso u otros
datos personales, el contribuyente debe seleccionar la opción "Cambio de Datos
y/o Clave".
Si el contribuyente desea actualizar los datos de su
representante, podrá ir a la opción "Cambio de Datos del Representante"
directamente desde el menú de Clave Secreta.
¿Qué se hace
si se pierde la Clave Secreta?
Existe la opción "Pérdida de
Clave Secreta", la que permite a los contribuyentes obtener una clave secreta de
acceso si la han olvidado, en esta opción se solicitarán las respuestas a las preguntas
seleccionadas en el proceso de obtención de claves.
- Transferencia electrónica
de archivos
Esta opción permite
enviar el archivo generado a través de un software certificado o bien con el software
básico que el SII ha entregado sin costo para los contribuyentes. Para acceder a ella
deberá seleccionar la opción "Ingreso de Declaración de Renta con Software
Certificado".
Posterior al envío, el contribuyente debe
esperar el mensaje correspondiente a la recepción exitosa por parte del Servicio de
Impuestos Internos.
Presentación
de la Propuesta de la Declaración de Renta
Esta opción permitirá al contribuyente
visualizar y modificar el Formulario 22 con datos que el Servicio de Impuestos Internos
conoce que han sido entregados en las Declaraciones Juradas por los Agentes Retenedores o
Informantes.
Para acceder al borrador F22 deberá
seleccionar la opción "Propuesta Declaración de Renta 2001 con Información de
Agentes Retenedores ", presente en el menú de Renta.
Posterior a esto, el contribuyente podrá
visualizar la totalidad de información entregada por Agentes que le retuvieron, como se
muestra en la siguiente página:

A partir de esta página, el contribuyente
podrá verificar previamente la información que terceras personas han declarado sobre
él.
Si el contribuyente detecta que la
información disponible respecto de su situación personal es incorrecta o falta algún
dato, podrá corregir su Declaración de Renta o complementarla en pantalla con los
antecedentes respectivos, luego de lo cual el sistema le ofrecerá una nueva versión de
la declaración para su aprobación final.
Si el contribuyente considera que no
existen inconsistencias entre la información entregada por lo agentes retenedores con la
que el tiene, entonces podrá ir directamente a la opción "Ver Propuesta de
declaración de renta 2001" y se le mostrará la propuesta de la declaración en
Formulario 22, lista para ser enviada, pudiendo modificarla o enviarla con su declaración
de impuestos.
- Ingreso de Declaración
(Formulario Electrónico)
Para el
ingreso de datos al formulario electrónico, se deberá seleccionar la opción "Declaración
Renta 2001 por Formulario". En la pantalla se desplegará un formulario en
blanco. A medida que se completa la declaración, se valida el ingreso de los campos
obligatorios y se verifican los cálculos matemáticos. En caso de errores, se indicará
para su corrección.
La pantalla se muestra en la siguiente
figura:

El contribuyente debe ingresar la
información en cada uno de los campos según corresponda.
Una vez que se complete la información, se
debe seleccionar el botón "validar/enviar formulario".
Comprobante
de la Declaración
Si la declaración incluye pago, se debe
tener un Convenio de Pago Automático de Cuentas con un banco, que incluya el pago de
impuestos declarados vía INTERNET. Se debe seleccionar el banco con el cual se tiene
convenio vigente, en cuya cuenta se cargará el monto correspondiente al pago de la
declaración.
A la fecha los Bancos(*) suscritos para
operar con Pago Automático de Cuentas son:
Banco de A. Edwards, Banco Santiago, Banco
de Chile, BCI, BBV Banco Bhif, BankBoston, Banco Sudamericano, CorpBanca, Banco Santander,
ABN Amro Bank, Banco Security, Banco Bice, The Bank of Tokio-Mitsubishi, Citibank, Banco
del Estado, Banco del Desarrollo, Banco Sudameris y Dresdner Banque Nationale de Paris.
(*) La nómina de bancos suscritos para
operar con Pago Automático de Cuentas, está publicada en la página Web del Servicio.
Al declarar vía INTERNET se tendrán 2
opciones para activar el día del cargo en Cuenta Corriente, la primera en el momento de
la declaración y la segunda el último día del plazo legal de presentación, es decir,
independiente de la fecha de envío el cargo se podrá activar el día Lunes 30 de Abril
del año 2001. Si presenta Formulario 22 en papel deberá pagar en una cuota, mediante
dinero en efectivo o cheque nominativo a nombre de la Tesorería General de la República.
Comprobante
de la Declaración
Una vez que el contribuyente envió su
declaración, ya sea en archivo o con el llenado del formulario electrónico, debe esperar
la respuesta que se entregará a través del Web del Servicio de Impuestos Internos. El
envío de la declaración se considera terminado cuando se le indica al contribuyente el
número de folio de su declaración y el número de atención correspondiente. El
contribuyente debe guardar ambos números, ya que constituyen el comprobante de la
declaración.
Si la declaración tiene devolución
o está calzada, el número de folio y el número de atención serán entregados
inmediatamente.
Si la declaración involucra pago, la
aceptación de la declaración estará sujeta a verificación de la existencia de fondos
en Cuenta Corriente, es decir, los números de folio y de atención se entregarán 48
horas después de enviada la declaración (es importante tener presente que el rechazo de
la declaración por falta de fondos en la Cuenta Corriente, implicará que el
contribuyente quedará como no declarante).
Consulta
de la Situación de la Declaración de Renta
Independiente de la alternativa utilizada
para presentar la declaración, el contribuyente podrá consultar el estado de ésta a
través de la opción "Consulta Estado de la Declaración" en la página
Web del SII, al seleccionar esta opción se solicitará el número de Cédula de Identidad
o de RUT y clave. Esta opción permite conocer la situación en la que se encuentra la
declaración del contribuyente. Desde un primer momento podrá saber si fue aceptada por
el SII y durante el mes de Mayo del año 2001, saber si le corresponde devolución, si la
declaración ha sido observada, cuales son esas observaciones, conocer la conclusión
producto de éstas y ver la carta de notificación, si corresponde.
La pantalla de consulta en INTERNET es la
siguiente:

Para evitar problemas en la
Operación Renta consulte previamente su Situación Tributaria utilizando INTERNET, para
ello seleccione la opción "Situación Tributaria" en la página Web del
Servicio (www.sii.cl).
De igual forma podrá utilizar el Servicio Telefónico
disponible:
Consultar el Estado de la Declaración al
teléfono 700 03 44 (Santiago) o al teléfono 70 03 44 (Regiones).
Solicitar el envío por fax de la
información referente a las observaciones de la declaración al teléfono 700 03 54
(Santiago) o al teléfono 70 03 54 (Regiones).
¿Qué
pasa si se equivocó en la Declaración?
Si se detecta un error en la declaración
enviada a través de INTERNET y aún se está dentro del plazo legal de presentación y,
no se ha materializado cargo en Cuenta Corriente, se puede corregir la declaración
enviada, pero si se declara por papel no podrá realizar el cambio.
En ningún caso debe entregar dos o más
declaraciones por papel, ya que esto será motivo de demoras innecesarias en la
regularización de su situación tributaria, es decir, no debe entregar más de una
declaración por papel o utilizar INTERNET y papel.
- RevisarFormulario de
Declaración
A través de la opción "Ver
Declaraciones Efectuadas" es posible visualizar la Declaración de Renta, tanto
si la presentó vía INTERNET o mediante papel. Esto permite revisar la declaración
presentada, imprimirla o aclarar cualquier duda respecto a la información que se ingresó
al momento de presentar la declaración.
- ComprobarComprobar Declaración
de Terceros
Ingresando a la opción "Comprobar
Declaración de Terceros (Previa Autorización)", es posible verificar la
autenticidad de una declaración presentada al Servicio de Impuestos Internos, de esta
forma el contribuyente puede entregar los datos que allí se indican de manera que quién
recibe estos datos pueda verificar la declaración del contribuyente directamente en www.sii.cl.
- Rectificatoria
En caso de detectar algún error u omisión
en la Declaración de Renta ya presentada al SII (papel o INTERNET), a partir de la
segunda quincena de Junio se podrá presentar una Rectificatoria de la declaración vía
INTERNET. Para esto se debe consultar el estado de la declaración y seleccionar la
opción de "Declaración Rectificatoria de Renta", ingresando el número
de Cédula de Identidad o de RUT, folio de la declaración a corregir y clave de acceso
registrada en los sistemas del SII (misma clave si es que declaró por INTERNET).
Es posible rectificar por INTERNET
cualquier Declaración de Renta, independientemente de si fue presentada en papel o vía
INTERNET.
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