-
Opciones
disponibles en INTERNET
Para la presentación
de la Declaración de Renta vía INTERNET, existen
tres opciones:
- Presentación
de Propuesta de la Declaración de Renta 2002
Esta alternativa consiste en que el SII le propone la Declaración
de Impuestos Anuales a la Renta, A.T. 2002, a los Contribuyentes
Personas Naturales del Impuesto Global Complementario.
La declaración en Formulario 22 propuesta por el Servicio,
será confeccionada con los antecedentes entregados
por los Agentes Retenedores e Informantes a través
de las Declaraciones Juradas respectivas.
Si el contribuyente detecta que la información disponible
respecto de su situación personal es incorrecta o falta
algún dato, podrá corregirla o complementarla
en pantalla con los antecedentes respectivos. Le sugerimos
en tal caso que se comunique con su agente retenedor o informante
respectivo para que éste rectifique la información
proporcionada, debido a que tal corrección o complemento
sólo será utilizado para los fines de la confección
de su propuesta de declaración. En los procesos posteriores
de verificación, sólo se utilizará la
información entregada por los agentes retenedores o
informantes y si ésta no ha sido corregida, su declaración
de Renta podría ser objetada.
En esta misma opción se encontrará disponible
una aplicación para realizar el cálculo de Reliquidación
de Impuesto de Segunda Categoría para el caso en que
el contribuyente haya percibido simultáneamente más
de una remuneración. Los datos ingresados permitirán
realizar los cálculos para presentarle su propuesta
de declaración.
De esta forma, el sistema le ofrecerá la versión
definitiva de la declaración para su aprobación
final.
- Transferencia
electrónica de archivos con Software adquirido externamente
y, Certificado por el SII
Esta opción consiste en el envío de archivos
computacionales, los cuales deben ser generados por alguno
de los Softwares Comerciales autorizados por el SII.
Estos software permiten generar un archivo con la declaración
de Renta. Al respecto cabe aclarar que solo se ha certificado
la correcta generación de dichos archivos, por parte
de aquellos software que expresamente han sido autorizados
por el SII. La restante funcionalidad propia de cada software
es de exclusiva responsabilidad de quien los provee.
Las empresas autorizadas son:
- Arthur
Andersen Langton Clarke
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|
- Larrondo
Ingenieros Ltda.
|
- Colegio
de Contadores A.G.
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|
|
*Consulte
en el sitio Web del SII los Software que fueron autorizados.
- Formulario
Electrónico
Esta alternativa consiste en la utilización de una
planilla o formulario virtual que el Servicio pondrá
a su disposición en su página Web, www.sii.cl.
Dicho formulario podrá ser llenado desde su computador,
ingresando la información de manera interactiva e ir
llenando así la declaración para su inmediato
envío al SII vía INTERNET sin costo. Las instrucciones
de cómo realizar la conexión, llenado y transmisión
serán desplegadas en la página Web del Servicio.
-
¿Desde
cuando estarán disponibles las distintas opciones?
El Formulario 22 Electrónico estará disponible
desde el Viernes 5 de Abril del año 2002 y los Softwares
Comerciales autorizados estarán a disposición en
las fechas que cada empresa determine.
-
¿Quiénes pueden utilizar INTERNET?
Podrán utilizar Internet todas las personas naturales y
jurídicas que deseen presentar su declaración por
este medio. Para presentar la declaración por cualquiera
de las vías, se deberá contar con una Clave de
Acceso Secreta, cuya obtención se describe en la letra
(F) de este Capítulo.
Los contribuyentes que realicen las declaraciones vía INTERNET
tendrán múltiples beneficios, evitarán errores
y problemas de forma, tendrán extensiones de plazo, mayor
seguridad, atención preferencial, facilidades de presentación,
condonaciones de multas, etc.
Además, los contribuyentes podrán obtener toda la
información necesaria del funcionamiento detallado de la
aplicación consultando la página Web del Servicio,
www.sii.cl, o bien, obtener soporte
técnico a través,
del teléfono (02) 395-1115, que el SII pondrá a
disposición a través de la Mesa de Ayuda INTERNET.
- ¿Quiénes
están obligados a utilizar INTERNET?
Están obligados a utilizar Internet, los contribuyentes que,
en virtud de lo dispuesto en la Res. Ex. Nº 4228 del 24.06.99,
estén autorizados para llevar sus libros de contabilidad
en hojas sueltas por medios computacionales y cuyas ventas y/o servicios
anuales hubieren sido superiores a $300.000.000.- nominales al 31
de Diciembre del año anterior a aquél en que deben
cumplir sus obligaciones tributarias, conforme a lo dispuesto por
la Res. Ex. Nº5.944 D.O. 08.09.99, modificada por Resol. Ex.
N° 04, D.O. 17.01.2001.
La obligación precedente no regirá para aquellos contribuyentes
que previamente hayan solicitado autorización al Servicio
para eximirse de tal exigencia en los términos que lo especifica
la Resolución mencionada anteriormente.
- Requisitos Técnicos
Para conectarse y obtener un funcionamiento óptimo vía
INTERNET, se requiere contar con un PC de las siguientes características,
como mínimo:
- Un modem,
si es que éste no viene incluido con el computador.
- Cuenta
de Acceso, contratando a algún proveedor de INTERNET
(ISP). Existe una amplia variedad de planes de acceso disponibles
en el mercado, lo que permite encontrar el que se ajuste mejor
a las necesidades del contribuyente.
- Software
Navegador o Browser, para lograr una conexión adecuada
se debe usar al menos Microsoft INTERNET Explorer 4.01, o
bien Netscape Navigator 4.0.
- Obtención de Clave Secreta de Acceso a los Sistemas
del SII
El objetivo
de contar con una clave secreta de acceso es identificar al contribuyente
y proteger la información de cada transacción que
se está realizando en www.sii.cl.
El Contribuyente podrá obtener su clave secreta en forma
inmediata ingresando información Personal y/o información
tributaria.
La pantalla inicial de obtención de clave es la siguiente:
De
acuerdo a las características del contribuyente que ingresa
el número de Cédula de Identidad o de RUT se le mostrarán
las opciones para obtener clave con información personal
e información de declaraciones de Renta o IVA, en caso que
el contribuyente haya realizado alguna de estas declaraciones. Si
el contribuyente no ha realizado una declaración de Renta
ni una declaración de IVA, sólo se le solicitarán
datos personales para acreditar su identidad.
Como ejemplo se muestra a continuación un contribuyente que
puede obtener clave con información personal y alternativamente
con información de Renta o IVA.
Al
seleccionar una opción se solicitará el ingreso de
información personal y la información correspondientes
a las declaraciones seleccionadas.
Importante
- Cuando corresponda
ingresar la clave de acceso secreta, se deberá tener especial
cuidado fijándose si la clave que se ingresa está
con letras mayúsculas o minúsculas, ya que el sistema
hace distinción entre ellas.
- Las preguntas
solicitadas en esta pantalla sirven para poder ingresar al sistema
en caso de olvido de la clave secreta de acceso.
En
todos los casos se deben ingresar o modificar los siguientes datos:
Dato
|
Descripción
|
|
|
Debe
ingresar el domicilio legal del declarante.
|
Obligatorio
|
|
Debe
ingresar el N° de Departamento y/o el N° de Block.
|
Opciona
|
|
Debe
ingresar el Nombre de la Villa o Población.
|
Opciona
|
|
Deber
ingresar el código postal.
|
Opciona
|
|
Deber
ingresar nombre de la comuna del domicilio legal.
|
Obligatoria
|
|
Deber
ingresar nombre de la ciudad del domicilio legal.
|
Obligatoria
|
|
Debe
ingresar su dirección e-mail.
|
Obligatoria
|
- Código
de Área - Teléfono Fijo
|
Debe
ingresar el número telefónico, indicando al
inicio el código de discado directo.
|
Obligatoria
|
|
Debe
ingresar el número telefónico, anotando entre
paréntesis el código de discado directo.
|
Opcional
|
|
Debe
ingresar el número telefónico correspondiente
al celular.
|
Opcional
|
|
Debe
ingresar el nombre de la persona responsable del ingreso
de la clave de acceso.(Sólo personas jurídicas).
|
Opcional
|
|
Debe
ingresarse la clave, esta debe contener letras y números
con un máximo de 10 caracteres y un mínimo
de 4, incluyendo letras y números.
|
Obligatoria
|
|
Debe
reingresar la clave, para fines de comprobación.
|
Obligatoria
|
|
Debe
seleccionarse, de un set de 10 preguntas, aquella que desea
que le hagan en caso de olvidar su clave
|
Obligatoria
|
|
Debe
responder la pregunta seleccionada.
|
Obligatoria
|
|
Debe
seleccionarse de un set de 10 preguntas, la 2a
pregunta que desea que le hagan en caso de olvidar su clave.
|
Obligatoria
|
|
Debe
responder la segunda pregunta seleccionada.
|
Obligatoria
|
- Indicar
si se tiene Asesor Tributario
|
Indicar
SI o NO.
|
Obligatoria
|
- Dirección
de correo Contador o Asesor
|
Se debe
completar si se respondió SI a la existencia de Contador
o Asesor Tributario. La dirección debe ser distinta
a la dirección del contribuyente.
|
|
- Indicar
cómo se identificará para realizar sus trámites
en este sitio
|
Marcando
algunas de las opciones:
Utilizando Clave Secreta o Utilizando Certificado digital
|
Obligatoria
|
- ¿Cómo
se pueden hacer cambios a la Clave Secreta o a otros datos?
Para cambiar la clave de acceso u otros datos personales, el contribuyente
debe seleccionar la opción "Cambio de Datos y/o Clave"
e "Ingresar su Clave Personal".
- ¿Qué
se hace si se pierde la Clave Secreta?
Existe la opción "Olvido de Clave Secreta", la
que permite a los contribuyentes obtener una clave secreta de
acceso si la han olvidado, en esta opción se solicitarán
las respuestas a las preguntas seleccionadas en el proceso de
obtención de claves. Si no recuerda las respuestas, puede
ingresar indicando la misma información solicitada al obtener
clave (información personal y si posee, información
de Renta o IVA).
- Transferencia
electrónica de archivos
Esta opción permite enviar el archivo generado a través
de un Software Certificado. Para acceder a ella deberá
seleccionar la opción "Ingreso de Declaración
de Renta con Software autorizado".
Posterior al envío, el contribuyente debe esperar el mensaje
correspondiente a la recepción exitosa por parte del Servicio
de Impuestos Internos.
- Presentación de la Propuesta de la Declaración
de Renta
Esta opción
permitirá al contribuyente visualizar y modificar el Formulario
22 con datos que el Servicio de Impuestos Internos conoce que
han sido entregados en las Declaraciones Juradas por los Agentes
Retenedores o Informantes.
Para acceder a la propuesta F22 deberá seleccionar la opción
"Propuesta Declaración de Renta 2002 con Información
de Agentes Retenedores", presente en el menú de Renta.
Posterior a esto, el contribuyente podrá visualizar la
totalidad de información entregada por Agentes que le informaron,
como se muestra en la siguiente página

A partir de esta página, el contribuyente podrá
verificar previamente la información que terceras personas
han declarado sobre él.
Si el contribuyente detecta que la información disponible
respecto de su situación personal es incorrecta o falta
algún dato, podrá corregirla o complementarla en
pantalla con los antecedentes respectivos. Le sugerimos en tal
caso que se comunique con su agente retenedor o informante respectivo
para que éste rectifique la información proporcionada,
debido a que tal corrección o complemento sólo será
utilizado para los fines de la confección de su propuesta
de declaración. En los procesos posteriores de verificación,
sólo se utilizará la información entregada
por los agentes retenedores o informantes y si ésta no
ha sido corregida, su declaración de Renta podría
ser objetada.
Si el contribuyente considera que no existen inconsistencias entre
la información entregada por los agentes retenedores con
la que él tiene, entonces podrá ir directamente
a la opción "Ver Propuesta de declaración de
renta 2002" y se le mostrará la propuesta de la declaración
en Formulario 22, lista para ser enviada, pudiendo modificarla
o enviarla como su declaración de impuestos.
- Ingreso
de Declaración (Formulario Electrónico)
Para el ingreso de datos al formulario electrónico, se
deberá seleccionar la opción "Declaración
Renta 2002 por Formulario". En la pantalla se desplegará
un formulario en blanco. A medida que se completa la declaración,
se valida el ingreso de los campos obligatorios y se verifican
los cálculos matemáticos. En caso de errores, se
indicará para su corrección.
La pantalla se muestra en la siguiente figura:
El
contribuyente debe ingresar la información en cada uno de
los campos según corresponda.
Una vez que se complete la información, se debe seleccionar
el botón "validar formulario".
- Declaración con Pago
Si la declaración incluye pago existen tres alternativas
PEL, PEC y Tarjeta de Crédito:
- PEL(Pago
en Línea): En el "Pago en Línea",
debe escoger la institución financiera con la que desea
pagar. En ese momento ingresará al sitio WEB de la
institución seleccionada y automáticamente se
le descontará el cargo a su cuenta bancaria.
Los
siguientes son los bancos (*)en los cuales existe PEL:
BancoEstado, BCI, Banco de Chile, Banco del Desarrollo, Scotiabank
y Banco Santiago.
(*) La nómina de bancos suscritos está publicada
en la página Web del Servicio.
- PEC
(Pago Electrónico de Cuentas): En este caso se debe tener
un Convenio de "Pago Electrónico de Cuentas"
con un banco, que incluya el pago de impuestos declarados vía
INTERNET. Se debe seleccionar el banco con el cual se tiene
convenio vigente, en cuya cuenta se cargará el monto
correspondiente al pago de la declaración. La aceptación
de la declaración se hará con posterioridad a
la verificación de la existencia de fondos en Cuenta
Corriente sujeta a espera de 48 horas. Es importante tener presente
que el rechazo de la declaración por falta de fondos
en la Cuenta Corriente, implicará que el contribuyente
quedará como no declarante.
A la fecha
los Bancos suscritos para operar con Pago Electrónico
de Cuentas son:
Banco Santiago, Banco de Chile, BCI, BBV Banco Bhif, BankBoston,
CorpBanca, Banco Santander, ABN Amro Bank, Banco Security, Banco
Bice, The Bank of Tokio-Mitsubishi, Citibank, Banco del Estado,
Banco del Desarrollo, Banco Sudameris, Dresdner Banque Nationale
de Paris y Scotiabank Sudamericano.
- TARJETA
DE CREDITO: Al pagar con Tarjeta de Crédito vía
INTERNET, el día del cargo, corresponderá al día
de presentación de la declaración.
- Comprobante de la Declaración.
Una vez que el contribuyente envió su declaración,
ya sea en archivo o con el llenado del formulario electrónico,
debe esperar la respuesta que se entregará a través
del Web del Servicio de Impuestos Internos. El contribuyente podrá
solicitar el certificado solemne en la página Web del Servicio
en la opción "Consulta de Estado de Renta". Deberá
guardar el número de folio, ya que constituye el comprobante
de la declaración.
- Consulta de la Situación de la Declaración de Renta
Independiente de la alternativa utilizada para presentar la declaración,
el contribuyente podrá consultar el estado de ésta
a través de la opción "Consulta Estado de
la Declaración" en la página Web del SII,
al seleccionar esta opción se solicitará el número
de Cédula de Identidad o de RUT y clave. Esta opción
permite conocer la situación en la que se encuentra la
declaración del contribuyente. Desde un primer momento
podrá saber si fue recibida por el SII, obtener el certificado
solemne y durante el mes de Mayo del año 2002, saber si
le corresponde devolución, si la declaración ha
sido observada, cuáles son esas observaciones, conocer
la conclusión producto de éstas y ver la carta de
notificación, si corresponde.
La pantalla de consulta en INTERNET es la siguiente:
Para
evitar problemas en la Operación Renta consulte previamente
su Situación Tributaria utilizando INTERNET, para
ello seleccione la opción "Situación
Tributaria" en la página Web del Servicio (www.sii.cl). |
De igual
forma podrá utilizar el Servicio Telefónico disponible:Consultar
el Estado de la Declaración al teléfono 700
03 44 (Santiago) o al teléfono 70 03 44 (Regiones).
- ¿Qué
pasa si se equivocó en la Declaración?
Si se detecta
un error en la declaración sin pago enviada a través
de INTERNET, se podrá reemplazar la declaración
enviada, acción que podrá efectuar hasta el día
24 de abril del año 2002, pero si se declara por papel
no podrá realizar este reemplazo. Con posterioridad a dicha
fecha, deberá esperar el inicio del proceso de declaraciones
rectificatorias.
En ningún caso debe entregar dos o más declaraciones
por papel, ya que esto será motivo de demoras innecesarias
en la regularización de su situación tributaria,
es decir, no debe entregar más de una declaración
por papel ni utilizar INTERNET y papel.
- Revisar Formulario de Declaración
A través
de la opción "Ver Declaración Efectuada"
es posible visualizar la Declaración de Renta, tanto si
la presentó vía INTERNET o mediante papel. Esto
permite revisar la declaración presentada, imprimirla o
aclarar cualquier duda respecto a la información que se
ingresó al momento de presentar la declaración.
- Comprobar Declaración de Terceros
Ingresando
a la opción "Comprobar Declaración de Terceros
(Previa Autorización)", es posible verificar la autenticidad
de una declaración presentada al Servicio de Impuestos
Internos, de esta forma el contribuyente puede entregar los datos
que allí se indica, de manera que quién recibe estos
datos pueda verificar la declaración del contribuyente
directamente en www.sii.cl.
- Rectificatoria
En caso de detectar algún error u omisión en la
Declaración de Renta ya presentada al SII (papel o INTERNET),
a partir de la segunda quincena de Junio se podrá presentar
una Rectificatoria de la declaración vía INTERNET.
Para esto se debe consultar el estado de la declaración
y seleccionar la opción de "Declaración Rectificatoria
de Renta", ingresando el número de Cédula de
Identidad o de RUT y clave de acceso registrada en los sistemas
del SII (misma clave si es que declaró por INTERNET).
Es
posible rectificar por INTERNET cualquier Declaración
de Renta, independientemente de si fue presentada en papel o
vía INTERNET. |
|