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Primera Parte
II.- Presentación de Declaraciones vía Internet



  1. Opciones disponibles en INTERNET

    Para la presentación de la Declaración de Renta vía INTERNET, existen tres opciones:

    1. Presentación de Propuesta de la Declaración de Renta 2002

      Esta alternativa consiste en que el SII le propone la Declaración de Impuestos Anuales a la Renta, A.T. 2002, a los Contribuyentes Personas Naturales del Impuesto Global Complementario.

      La declaración en Formulario 22 propuesta por el Servicio, será confeccionada con los antecedentes entregados por los Agentes Retenedores e Informantes a través de las Declaraciones Juradas respectivas.

      Si el contribuyente detecta que la información disponible respecto de su situación personal es incorrecta o falta algún dato, podrá corregirla o complementarla en pantalla con los antecedentes respectivos. Le sugerimos en tal caso que se comunique con su agente retenedor o informante respectivo para que éste rectifique la información proporcionada, debido a que tal corrección o complemento sólo será utilizado para los fines de la confección de su propuesta de declaración. En los procesos posteriores de verificación, sólo se utilizará la información entregada por los agentes retenedores o informantes y si ésta no ha sido corregida, su declaración de Renta podría ser objetada.

      En esta misma opción se encontrará disponible una aplicación para realizar el cálculo de Reliquidación de Impuesto de Segunda Categoría para el caso en que el contribuyente haya percibido simultáneamente más de una remuneración. Los datos ingresados permitirán realizar los cálculos para presentarle su propuesta de declaración.

      De esta forma, el sistema le ofrecerá la versión definitiva de la declaración para su aprobación final.

    2. Transferencia electrónica de archivos con Software adquirido externamente y, Certificado por el SII

      Esta opción consiste en el envío de archivos computacionales, los cuales deben ser generados por alguno de los Softwares Comerciales autorizados por el SII.

      Estos software permiten generar un archivo con la declaración de Renta. Al respecto cabe aclarar que solo se ha certificado la correcta generación de dichos archivos, por parte de aquellos software que expresamente han sido autorizados por el SII. La restante funcionalidad propia de cada software es de exclusiva responsabilidad de quien los provee.
      Las empresas autorizadas son:

    • Arthur Andersen Langton Clarke
    • · LexisNexis Chile S.A.
    • Cepet System
    • Larrondo Ingenieros Ltda.
    • Colegio de Contadores A.G.
    • Transtecnia Chile Ltda.
    • Deloitte & Touche
    • · PolObject S.A.

     

    *Consulte en el sitio Web del SII los Software que fueron autorizados.
    1. Formulario Electrónico

      Esta alternativa consiste en la utilización de una planilla o formulario virtual que el Servicio pondrá a su disposición en su página Web, www.sii.cl. Dicho formulario podrá ser llenado desde su computador, ingresando la información de manera interactiva e ir llenando así la declaración para su inmediato envío al SII vía INTERNET sin costo. Las instrucciones de cómo realizar la conexión, llenado y transmisión serán desplegadas en la página Web del Servicio.

  2. ¿Desde cuando estarán disponibles las distintas opciones?

    El Formulario 22 Electrónico estará disponible desde el Viernes 5 de Abril del año 2002 y los Softwares Comerciales autorizados estarán a disposición en las fechas que cada empresa determine.

  3. ¿Quiénes pueden utilizar INTERNET?

    Podrán utilizar Internet todas las personas naturales y jurídicas que deseen presentar su declaración por este medio. Para presentar la declaración por cualquiera de las vías, se deberá contar con una Clave de Acceso Secreta, cuya obtención se describe en la letra (F) de este Capítulo.

    Los contribuyentes que realicen las declaraciones vía INTERNET tendrán múltiples beneficios, evitarán errores y problemas de forma, tendrán extensiones de plazo, mayor seguridad, atención preferencial, facilidades de presentación, condonaciones de multas, etc.

    Además, los contribuyentes podrán obtener toda la información necesaria del funcionamiento detallado de la aplicación consultando la página Web del Servicio, www.sii.cl, o bien, obtener soporte técnico a través, del teléfono (02) 395-1115, que el SII pondrá a disposición a través de la Mesa de Ayuda INTERNET.

  4. ¿Quiénes están obligados a utilizar INTERNET?

    Están obligados a utilizar Internet, los contribuyentes que, en virtud de lo dispuesto en la Res. Ex. Nº 4228 del 24.06.99, estén autorizados para llevar sus libros de contabilidad en hojas sueltas por medios computacionales y cuyas ventas y/o servicios anuales hubieren sido superiores a $300.000.000.- nominales al 31 de Diciembre del año anterior a aquél en que deben cumplir sus obligaciones tributarias, conforme a lo dispuesto por la Res. Ex. Nº5.944 D.O. 08.09.99, modificada por Resol. Ex. N° 04, D.O. 17.01.2001.

    La obligación precedente no regirá para aquellos contribuyentes que previamente hayan solicitado autorización al Servicio para eximirse de tal exigencia en los términos que lo especifica la Resolución mencionada anteriormente.
  1. Requisitos Técnicos

    Para conectarse y obtener un funcionamiento óptimo vía INTERNET, se requiere contar con un PC de las siguientes características, como mínimo:

    • Un modem, si es que éste no viene incluido con el computador.
    • Cuenta de Acceso, contratando a algún proveedor de INTERNET (ISP). Existe una amplia variedad de planes de acceso disponibles en el mercado, lo que permite encontrar el que se ajuste mejor a las necesidades del contribuyente.
    • Software Navegador o Browser, para lograr una conexión adecuada se debe usar al menos Microsoft INTERNET Explorer 4.01, o bien Netscape Navigator 4.0.

  2. Obtención de Clave Secreta de Acceso a los Sistemas del SII

    El objetivo de contar con una clave secreta de acceso es identificar al contribuyente y proteger la información de cada transacción que se está realizando en www.sii.cl.

    El Contribuyente podrá obtener su clave secreta en forma inmediata ingresando información Personal y/o información tributaria.

    La pantalla inicial de obtención de clave es la siguiente:


De acuerdo a las características del contribuyente que ingresa el número de Cédula de Identidad o de RUT se le mostrarán las opciones para obtener clave con información personal e información de declaraciones de Renta o IVA, en caso que el contribuyente haya realizado alguna de estas declaraciones. Si el contribuyente no ha realizado una declaración de Renta ni una declaración de IVA, sólo se le solicitarán datos personales para acreditar su identidad.

Como ejemplo se muestra a continuación un contribuyente que puede obtener clave con información personal y alternativamente con información de Renta o IVA.

Al seleccionar una opción se solicitará el ingreso de información personal y la información correspondientes a las declaraciones seleccionadas.
Importante
  • Cuando corresponda ingresar la clave de acceso secreta, se deberá tener especial cuidado fijándose si la clave que se ingresa está con letras mayúsculas o minúsculas, ya que el sistema hace distinción entre ellas.
  • Las preguntas solicitadas en esta pantalla sirven para poder ingresar al sistema en caso de olvido de la clave secreta de acceso.
En todos los casos se deben ingresar o modificar los siguientes datos:
Dato
Descripción

Exigencia
  • Dirección (Calle N°)

Debe ingresar el domicilio legal del declarante.

Obligatorio

  • Depto. Block

Debe ingresar el N° de Departamento y/o el N° de Block.

Opciona

  • Villa/pobl.

Debe ingresar el Nombre de la Villa o Población.

Opciona

  • Código Postal
Deber ingresar el código postal.

Opciona

  • Comuna

Deber ingresar nombre de la comuna del domicilio legal.

Obligatoria

  • Ciudad

Deber ingresar nombre de la ciudad del domicilio legal.

Obligatoria

  • Correo Electrónico

Debe ingresar su dirección e-mail.

Obligatoria

  • Código de Área - Teléfono Fijo

Debe ingresar el número telefónico, indicando al inicio el código de discado directo.

Obligatoria

  • Código de Area - Fax

Debe ingresar el número telefónico, anotando entre paréntesis el código de discado directo.

Opcional

  • Teléfono Móvil

Debe ingresar el número telefónico correspondiente al celular.

Opcional

  • Contacto

Debe ingresar el nombre de la persona responsable del ingreso de la clave de acceso.(Sólo personas jurídicas).

Opcional

  • Clave

Debe ingresarse la clave, esta debe contener letras y números con un máximo de 10 caracteres y un mínimo de 4, incluyendo letras y números.

Obligatoria

  • Reingreso de Clave

Debe reingresar la clave, para fines de comprobación.

Obligatoria

  • Pregunta Secreta 1

Debe seleccionarse, de un set de 10 preguntas, aquella que desea que le hagan en caso de olvidar su clave

Obligatoria

  • Respuesta 1

Debe responder la pregunta seleccionada.

Obligatoria

  • Pregunta Secreta 2

Debe seleccionarse de un set de 10 preguntas, la 2a pregunta que desea que le hagan en caso de olvidar su clave.

Obligatoria

  • Respuesta 2

Debe responder la segunda pregunta seleccionada.

Obligatoria

  • Indicar si se tiene Asesor Tributario

Indicar SI o NO.

Obligatoria

  • Dirección de correo Contador o Asesor

Se debe completar si se respondió SI a la existencia de Contador o Asesor Tributario. La dirección debe ser distinta a la dirección del contribuyente.

 

  • Indicar cómo se identificará para realizar sus trámites en este sitio

Marcando algunas de las opciones:

Utilizando Clave Secreta o Utilizando Certificado digital

Obligatoria

  1. ¿Cómo se pueden hacer cambios a la Clave Secreta o a otros datos?

    Para cambiar la clave de acceso u otros datos personales, el contribuyente debe seleccionar la opción "Cambio de Datos y/o Clave" e "Ingresar su Clave Personal".
  1. ¿Qué se hace si se pierde la Clave Secreta?

    Existe la opción "Olvido de Clave Secreta", la que permite a los contribuyentes obtener una clave secreta de acceso si la han olvidado, en esta opción se solicitarán las respuestas a las preguntas seleccionadas en el proceso de obtención de claves. Si no recuerda las respuestas, puede ingresar indicando la misma información solicitada al obtener clave (información personal y si posee, información de Renta o IVA).

  2. Transferencia electrónica de archivos

    Esta opción permite enviar el archivo generado a través de un Software Certificado. Para acceder a ella deberá seleccionar la opción "Ingreso de Declaración de Renta con Software autorizado".

    Posterior al envío, el contribuyente debe esperar el mensaje correspondiente a la recepción exitosa por parte del Servicio de Impuestos Internos.

  3. Presentación de la Propuesta de la Declaración de Renta

    Esta opción permitirá al contribuyente visualizar y modificar el Formulario 22 con datos que el Servicio de Impuestos Internos conoce que han sido entregados en las Declaraciones Juradas por los Agentes Retenedores o Informantes.

    Para acceder a la propuesta F22 deberá seleccionar la opción "Propuesta Declaración de Renta 2002 con Información de Agentes Retenedores", presente en el menú de Renta.

    Posterior a esto, el contribuyente podrá visualizar la totalidad de información entregada por Agentes que le informaron, como se muestra en la siguiente página



    A partir de esta página, el contribuyente podrá verificar previamente la información que terceras personas han declarado sobre él.

    Si el contribuyente detecta que la información disponible respecto de su situación personal es incorrecta o falta algún dato, podrá corregirla o complementarla en pantalla con los antecedentes respectivos. Le sugerimos en tal caso que se comunique con su agente retenedor o informante respectivo para que éste rectifique la información proporcionada, debido a que tal corrección o complemento sólo será utilizado para los fines de la confección de su propuesta de declaración. En los procesos posteriores de verificación, sólo se utilizará la información entregada por los agentes retenedores o informantes y si ésta no ha sido corregida, su declaración de Renta podría ser objetada.

    Si el contribuyente considera que no existen inconsistencias entre la información entregada por los agentes retenedores con la que él tiene, entonces podrá ir directamente a la opción "Ver Propuesta de declaración de renta 2002" y se le mostrará la propuesta de la declaración en Formulario 22, lista para ser enviada, pudiendo modificarla o enviarla como su declaración de impuestos.
  1. Ingreso de Declaración (Formulario Electrónico)

    Para el ingreso de datos al formulario electrónico, se deberá seleccionar la opción "Declaración Renta 2002 por Formulario". En la pantalla se desplegará un formulario en blanco. A medida que se completa la declaración, se valida el ingreso de los campos obligatorios y se verifican los cálculos matemáticos. En caso de errores, se indicará para su corrección.

    La pantalla se muestra en la siguiente figura:

El contribuyente debe ingresar la información en cada uno de los campos según corresponda.
Una vez que se complete la información, se debe seleccionar el botón "validar formulario".
  1. Declaración con Pago

    Si la declaración incluye pago existen tres alternativas PEL, PEC y Tarjeta de Crédito:

    • PEL(Pago en Línea): En el "Pago en Línea", debe escoger la institución financiera con la que desea pagar. En ese momento ingresará al sitio WEB de la institución seleccionada y automáticamente se le descontará el cargo a su cuenta bancaria.
      Los siguientes son los bancos (*)en los cuales existe PEL: BancoEstado, BCI, Banco de Chile, Banco del Desarrollo, Scotiabank y Banco Santiago.

      (*) La nómina de bancos suscritos está publicada en la página Web del Servicio.
  • PEC (Pago Electrónico de Cuentas): En este caso se debe tener un Convenio de "Pago Electrónico de Cuentas" con un banco, que incluya el pago de impuestos declarados vía INTERNET. Se debe seleccionar el banco con el cual se tiene convenio vigente, en cuya cuenta se cargará el monto correspondiente al pago de la declaración. La aceptación de la declaración se hará con posterioridad a la verificación de la existencia de fondos en Cuenta Corriente sujeta a espera de 48 horas. Es importante tener presente que el rechazo de la declaración por falta de fondos en la Cuenta Corriente, implicará que el contribuyente quedará como no declarante.

    A la fecha los Bancos suscritos para operar con Pago Electrónico de Cuentas son:

    Banco Santiago, Banco de Chile, BCI, BBV Banco Bhif, BankBoston, CorpBanca, Banco Santander, ABN Amro Bank, Banco Security, Banco Bice, The Bank of Tokio-Mitsubishi, Citibank, Banco del Estado, Banco del Desarrollo, Banco Sudameris, Dresdner Banque Nationale de Paris y Scotiabank Sudamericano.
  • TARJETA DE CREDITO: Al pagar con Tarjeta de Crédito vía INTERNET, el día del cargo, corresponderá al día de presentación de la declaración.
  1. Comprobante de la Declaración.

    Una vez que el contribuyente envió su declaración, ya sea en archivo o con el llenado del formulario electrónico, debe esperar la respuesta que se entregará a través del Web del Servicio de Impuestos Internos. El contribuyente podrá solicitar el certificado solemne en la página Web del Servicio en la opción "Consulta de Estado de Renta". Deberá guardar el número de folio, ya que constituye el comprobante de la declaración.
  1. Consulta de la Situación de la Declaración de Renta

    Independiente de la alternativa utilizada para presentar la declaración, el contribuyente podrá consultar el estado de ésta a través de la opción "Consulta Estado de la Declaración" en la página Web del SII, al seleccionar esta opción se solicitará el número de Cédula de Identidad o de RUT y clave. Esta opción permite conocer la situación en la que se encuentra la declaración del contribuyente. Desde un primer momento podrá saber si fue recibida por el SII, obtener el certificado solemne y durante el mes de Mayo del año 2002, saber si le corresponde devolución, si la declaración ha sido observada, cuáles son esas observaciones, conocer la conclusión producto de éstas y ver la carta de notificación, si corresponde.

    La pantalla de consulta en INTERNET es la siguiente:



    Para evitar problemas en la Operación Renta consulte previamente su Situación Tributaria utilizando INTERNET, para ello seleccione la opción "Situación Tributaria" en la página Web del Servicio (www.sii.cl).

    De igual forma podrá utilizar el Servicio Telefónico disponible:Consultar el Estado de la Declaración al teléfono 700 03 44 (Santiago) o al teléfono 70 03 44 (Regiones).

  2. ¿Qué pasa si se equivocó en la Declaración?

    Si se detecta un error en la declaración sin pago enviada a través de INTERNET, se podrá reemplazar la declaración enviada, acción que podrá efectuar hasta el día 24 de abril del año 2002, pero si se declara por papel no podrá realizar este reemplazo. Con posterioridad a dicha fecha, deberá esperar el inicio del proceso de declaraciones rectificatorias.

    En ningún caso debe entregar dos o más declaraciones por papel, ya que esto será motivo de demoras innecesarias en la regularización de su situación tributaria, es decir, no debe entregar más de una declaración por papel ni utilizar INTERNET y papel.
  1. Revisar Formulario de Declaración

    A través de la opción "Ver Declaración Efectuada" es posible visualizar la Declaración de Renta, tanto si la presentó vía INTERNET o mediante papel. Esto permite revisar la declaración presentada, imprimirla o aclarar cualquier duda respecto a la información que se ingresó al momento de presentar la declaración.
  1. Comprobar Declaración de Terceros

    Ingresando a la opción "Comprobar Declaración de Terceros (Previa Autorización)", es posible verificar la autenticidad de una declaración presentada al Servicio de Impuestos Internos, de esta forma el contribuyente puede entregar los datos que allí se indica, de manera que quién recibe estos datos pueda verificar la declaración del contribuyente directamente en www.sii.cl.
  1. Rectificatoria

    En caso de detectar algún error u omisión en la Declaración de Renta ya presentada al SII (papel o INTERNET), a partir de la segunda quincena de Junio se podrá presentar una Rectificatoria de la declaración vía INTERNET.

    Para esto se debe consultar el estado de la declaración y seleccionar la opción de "Declaración Rectificatoria de Renta", ingresando el número de Cédula de Identidad o de RUT y clave de acceso registrada en los sistemas del SII (misma clave si es que declaró por INTERNET).
Es posible rectificar por INTERNET cualquier Declaración de Renta, independientemente de si fue presentada en papel o vía INTERNET.