Permite postergar el IVA de los periodos tributarios junio, julio y agosto (que se pagan en los meses de julio, agosto y septiembre) en 6 o 12 cuotas mensuales. El beneficio también se aplica sobre las cuotas de la postergación de IVA de 2020 y sobre los giros emitidos correspondientes al beneficio de postergación del IVA en 3 meses, con vencimiento en los meses de julio, agosto y septiembre.
Permite a las empresas que hayan generado un remanente de IVA por la adquisición de bienes o utilización de servicios entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, solicitar el reembolso de dicho monto por una sola vez, desde el 01 de julio hasta el 30 de septiembre de 2021.
Es una disminución transitoria a cero de la tasa de interés penal que se aplica a giros de impuestos o contribuciones pagados fuera de plazo, disponible para todos los contribuyentes inscritos en el Régimen ProPyme. Se aplicará automáticamente a quienes cumplan los requisitos, en los giros de impuestos emitidos desde el 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2021.