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LEY NUM. 20.114
AMPLIA EL PLAZO LEGAL PARA RECLAMAR POR EL AVALUO DE BIENES RAICES NO AGRÍCOLAS


Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en una moción de los Senadores señores Juan Antonio Coloma Correa, Andrés Chadwick Piñera, Pablo Longueira Montes, Jovino Novoa Vásquez y Víctor Pérez Varela.

Articulo único.- Sólo para los efectos de lo dispuesto en la ley N°20.002, el plazo de reclamación de los avalúos de bienes raíces no agrícolas se extenderá hasta el último día del mes siguiente al de la publicación de la presente ley.”

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo: por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

Santiago, 5 de julio de 2006.-MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, María Olivia Recart Herrera, Subsecretaria de Hacienda.