¿Cómo se identifica al enajenante o causante en la Declaración sobre Enajenación e Inscripción de Bienes Raíces?

ID: 001.165.0317.011
Fecha de creación: 04/09/2003
Fecha de actualización: 01/04/2025

La información del o los enajenantes o del causante se debe registrar en los campos correspondientes a la sección información sobre enajenantes o causantes.

Lo primero que se debe hacer es registrar el RUT ya sean personas naturales o jurídicas, con lo cual se completará el campo del nombre del enajenante.

En ningún caso se podrá registrar al representante legal o mandatario.

En las inscripciones especiales de herencia, se deben registrar los datos del causante en los campos relativos al enajenante.

No existe límite para el registro de enajenantes o causantes. Se pueden registrar cuantas personas participen en la enajenación.

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