¿Cómo se calcula el pago de contribuciones para los copropietarios de un edificio de departamentos?

ID: 001.165.1144.009
Fecha de creación: 17/03/2004
Fecha de actualización: 28/03/2025

Una construcción, al acogerse a la Ley N° 19.537, de 1997, sobre Copropiedad Inmobiliaria, estará sujeta a que el SII enrole, separadamente, cada unidad vendible, ya sea departamento, bodega o estacionamiento. Dado lo anterior, cada rol tendrá un avalúo, de acuerdo con la normativa vigente, el que considera, además, el prorrateo de los bienes comunes del edificio o condominio.

Según lo anterior, el propietario de cada una de las unidades que conforman el edificio o condominio deberá pagar las contribuciones, según el avalúo de su inmueble, el que incluye el prorrateo de los bienes comunes.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Avalúos y Contribuciones de bienes raíces, opción Ayudas.