¿Quiénes deben pagar las contribuciones?

ID: 001.165.1797.013
Fecha de creación: 07/09/2004
Fecha de actualización: 29/10/2025

El Impuesto Territorial debe ser pagado por el propietario del bien raíz, sin perjuicio de que el ocupante (usufructuario, arrendatario o mero tenedor) también pueda ser responsable del pago.

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