Los cobros retroactivos a propiedades que antes estaban exentas son aplicados cuando una propiedad que gozaba de exención le es modificado su avalúo o se le elimina una exención con vigencia retroactiva, por lo que queda afecta a impuesto. En tal situación, a dicha propiedad le serán girados los cobros suplementarios por un período máximo de seis semestres más el vigente.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Bienes Raíces, sección Ayudas.