En el caso de que la propiedad pertenezca a ambos cónyuges, el registro de tasación indicará el nombre del primero de ellos (registrado en la escritura) y la palabra "otra" u "otro".
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Avalúos y contribuciones de bienes raíces, Ayudas, opción Preguntas Frecuentes.