Un predio con destino habitacional, cuyo avalúo total antes del reavalúo era de $29.635.554, gozaba de la exención habitacional de $19.253.652 y tuvo el beneficio de alza gradual pero el segundo semestre de 2013 pagó la cuota definitiva igual a $25.955, al entrar en vigencia el reavalúo de bienes raíces no agrícola su nueva situación es la siguiente:
Avalúo Total : $30.991.366.
Avalúo Exento : $20.086.180 (correspondiente a la exención habitacional).
Avalúo Afecto : $10.905.186.
Para calcular la cuota de contribución se aplica la tasa de 0,980% sobre el avalúo afecto, lo que determina una contribución anual, la que a su vez se divide en 4 cuotas que serán canceladas en abril, junio, septiembre y noviembre:
$10.905.186 x 0,980% = $106.871 contribución anual.
$106.871 : 4 = $26.718 contribución trimestral.
Por lo tanto, esta propiedad cancelará en el año 4 cuotas de contribuciones de $26.718.
Como el incremento de la cuota a pagar respecto de la efectivamente pagada en el semestre anterior es inferior al 25%, la propiedad no tiene el beneficio de incremento gradual de contribuciones.
Los valores expresados están en $ al 01.01.2014.