Para aquellas propiedades que aumenten sus contribuciones en más de un 25% respecto de la situación previa al reavalúo, la ley N° 20.033 ha dispuesto un procedimiento de gradualidad en el incremento de este tributo, de modo que las cuotas 1 y 2 de 2006 (primeras cuotas que considerarán el nuevo avalúo) aumentarán sólo un 25% incrementándose en los semestres siguientes en hasta un 10% respecto del semestre anterior hasta llegar a su contribución total.