Si la propiedad tiene un rol original, éste prevalecerá, independientemente de que se transfiera sin derecho a uso y goce.
En el caso de que se transfiera una parte de la propiedad, es necesario que exista una subdivisión para otorgar un nuevo número de rol.
Si la propiedad nunca ha tenido un número de rol (fue omitido), se le deberán hacer los trámites pertinentes para que el SII le otorgue uno.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Avalúos y contribuciones de bienes raíces, opción Ayudas, ¿Cómo se hace para?.