De acuerdo con lo establecido en el artículo 3° de la Ley N°17.235 sobre Impuesto Territorial, si con ocasión de un reavalúo las contribuciones aumentan en más de un 25% respecto de las que debieron girarse el semestre inmediatamente anterior, y tienen una cuota reavaluada superior a $13.555, las contribuciones se incrementarán de manera gradual, de la siguiente forma: las cuotas 1 y 2 de contribuciones correspondientes al primer semestre de 2013 se verán rebajadas, no superando el 25% de lo que efectivamente se cobró en el segundo semestre de 2012. A contar del segundo semestre de 2013, las cuotas se incrementarán en un 10% como máximo, hasta llegar al valor de su cuota de contribuciones definitiva, a más tardar el segundo semestre de 2017.
Es importante que usted tenga claridad respecto a que, si en el año 2017 su propiedad aún no ha alcanzado su cuota definitiva de contribuciones, ésta se comenzará a cobrar íntegramente a contar del segundo semestre de ese año, ya que en 2018, de acuerdo con la ley, deberá realizarse un nuevo reavalúo no agrícola.
Ejemplo:
Si durante el segundo semestre de 2012 usted cancelaba una contribución de $ 8.000 por cuota, y producto de la entrada en vigencia del reavalúo éstas se incrementan a $30.000 por cuota, por lo que el incremento de contribución es de un 275%, la propiedad se acoge al mecanismo de incremento gradual de contribuciones. Considerando que la cuota de contribución del primer semestre de 2013 puede aumentar hasta un 25% respecto de la cobrada en el segundo semestre de 2012, ésta corresponderá a $10.000.
El incremento gradual de las contribuciones, semestre a semestre, será el siguiente:
| 
			 AÑO  | 
			
			 2012  | 
			
			 2013  | 
			
			 2014  | 
		||
| 
			 CUOTAS  | 
			
			 2° Semestre (*)  | 
			
			 1 y 2  | 
			
			 3 y 4  | 
			
			 1 y 2  | 
			
			 3 y 4  | 
		
| 
			 Contribución definitiva  | 
			
			 -  | 
			
			 30.000  | 
			
			 30.000  | 
			
			 30.000  | 
			
			 30.000  | 
		
| 
			 Descuento por beneficio Ley 20.033  | 
			
			 -  | 
			
			 20.000  | 
			
			 19.000  | 
			
			 17.900  | 
			
			 16.690  | 
		
| 
			 Contribución a pago  | 
			
			 8.000  | 
			
			 10.000  | 
			
			 11.000  | 
			
			 12.100  | 
			
			 13.310  | 
		
| 
			 Incremento porcentual  | 
			
			 
  | 
			
			 25%  | 
			
			 10%  | 
			
			 10%  | 
			
			 10%  | 
		
| 
			 AÑO  | 
			
			 2015  | 
			
			 2016  | 
			
			 2017  | 
		|||
| 
			 CUOTAS  | 
			
			 1 y 2  | 
			
			 3 y 4  | 
			
			 1 y 2  | 
			
			 3 y 4  | 
			
			 1 y 2  | 
			
			 3 y 4  | 
		
| 
			 Contribución definitiva  | 
			
			 30.000  | 
			
			 30.000  | 
			
			 30.000  | 
			
			 30.000  | 
			
			 30.000  | 
			
			 30.000  | 
		
| 
			 Descuento por beneficio Ley 20.033  | 
			
			 15.359  | 
			
			 13.895  | 
			
			 12.284  | 
			
			 10.513  | 
			
			 8.563  | 
			
			 0  | 
		
| 
			 Contribución a pago  | 
			
			 14.641  | 
			
			 16.105  | 
			
			 17.716  | 
			
			 19.487  | 
			
			 21.437  | 
			
			 30.000  | 
		
| 
			 Incremento porcentual  | 
			
			 10%  | 
			
			 10%  | 
			
			 10%  | 
			
			 10%  | 
			
			 10%  | 
			
			 29%  | 
		
Notas:
- Todos los valores informados en esta notificación se encuentran expresados en pesos ($) del 1 de enero de 2013, y se reajustarán semestralmente de acuerdo con la variación del IPC.
- Las cuotas de contribuciones informadas no incluyen sobretasa fiscal (si correspondiere), derechos de aseo municipal, ni posibles modificaciones que a futuro afecten el avalúo de la propiedad (ampliaciones, nuevas construcciones, etc.).
- (*)La cuota de contribuciones informada para el segundo semestre de 2012 considera el efecto de un posible giro de reemplazo o suplementario cobrado por ese mismo período.