1. Edad: Tener al menos 60 años (mujeres) y 65 años (hombres) cumplidos al 31 de diciembre del año anterior a la rebaja en las contribuciones.
2. Ingresos:
3. Propiedad Inscrita: La propiedad debe estar inscrita a nombre del adulto mayor exclusivamente o en conjunto con su cónyuge, conviviente civil o con los hijos que heredaron a su cónyuge fallecido. Esto debe constar en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo al 31 de diciembre del año anterior a aquel en que se hace efectiva la rebaja de contribuciones.
4. Tipo de Propiedad: Debe ser un predio no agrícola, con destino habitacional, afecto al Impuesto Territorial, al 31 de diciembre del año anterior a aquel en que se hace efectiva la rebaja de contribuciones.
5. Avalúo Fiscal de la Propiedad: El avalúo fiscal vigente de la propiedad a la que se le aplica la rebaja no debe exceder de $224.577.396, al 1 de julio de 2025.
6. Suma de Avalúos Fiscales: Si el contribuyente tiene más de una propiedad, la suma de los avalúos fiscales (sea su destino habitacional, bodega y almacenaje, comercio u otro), no debe exceder de $300.021.365, al 1 de julio de 2025.