¿Un predio ubicado en el Área de Extensión Urbana o Urbanizable, se encuentra dentro del universo de predios a considerar en el Reavalúo de sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros 2017?
ID: 001.165.6903.004
Fecha de creación: 03/01/2017
Fecha de actualización: 07/04/2025
Sí, teniendo en cuenta lo señalado en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, los predios ubicados en la áreas de extensión urbanas o urbanizables (E), se deben incorporar al reavalúo de sitios no edificados, propiedades abandonas o pozos lastreros, que entra en vigencia el 01.01.2017.