La aplicación del SII entrega el avalúo fiscal y el % de prorrateo que le corresponde a cada unidad del condominio sobre el bien común.
La inmobiliaria incorporará los % de prorrateo de cada unidad sobre el bien común, en el Reglamento de Copropiedad a inscribir en el Registro de Hipotecas del Conservador de Bienes Raíces correspondiente a la jurisdicción donde se ubica el condominio, para cumplir con lo dispuesto en el citado artículo de la Ley de Copropiedad.
Puede obtener informacion enArtículo 3° de la Ley N°19.537 de Copropiedad Inmobiliaria