¿Puede la municipalidad cobrar directamente la cuota de aseo?

ID: 001.165.7215.003
Fecha de creación: 13/07/2018
Fecha de actualización: 08/04/2026

La municipalidad está facultada para cobrar directamente el derecho de aseo a los usuarios de este servicio, incluso si el inmueble está exento del Impuesto Territorial.  En el caso de propiedades afectas al pago de contribuciones, este pago se realiza a través del boletín de contribuciones y en el caso de propiedades exentas de contribuciones, este cobro lo realiza directamente el municipio correspondiente a la ubicación de la propiedad. 

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