Si venció el plazo para reclamar del Reavalúo No Agrícola 2022, ¿Tengo alguna otra opción de revisión?

ID: 001.165.8110.005
Fecha de creación: 16/02/2022
Fecha de actualización: 14/04/2025

Los contribuyentes pueden solicitar al SII una revisión de su avalúo en cualquier momento, incluso una vez vencido el plazo para reclamar, conforme con lo establecido en el artículo 10° de La Ley N°17.235 sobre Impuesto Territorial, la revisión administrativa del avalúo de su bien raíz a través de una solicitud verbal presentada en las Áreas o Unidades de Avaluaciones existentes en el país, o bien en nuestro sitio web, sección Servicios online, Avalúos y contribuciones de bienes raíces, Ingresar solicitud de bienes raíces, opción Ingresar solicitud, adjuntando los antecedentes que fundamenten su petición, aportando la documentación requerida, de acuerdo a lo señalado en el anexo de la Resolución N°46 de 2017”.

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