Esta rebaja consiste en la disminución de las contribuciones que debe pagar el propietario de un inmueble que se encuentra ocupado, acreditando la ocupación y cumpliendo los requisitos establecidos por el SII.
El porcentaje de rebaja de las contribuciones será proporcional a la valorización fiscal de la superficie del inmueble efectivamente ocupada en relación con la valorización fiscal total del inmueble, pudiendo aplicarse una rebaja máxima del 95% de las contribuciones.