¿Qué pasa si existe una orden de remate del inmueble ocupado por parte de la Tesorería General de la República?

ID: 001.165.8979.001
Fecha de creación: 16/06/2026
Fecha de actualización: 16/06/2026

La orden de remate del inmueble ocupado no puede efectuarse por la Tesorería General de la República si el propietario ha presentado una solicitud de rebaja de contribuciones por esta causal ante el Servicio de Impuestos Internos. Esta suspensión se mantiene desde que se presenta la solicitud y hasta que el SII otorgue o deniegue la rebaja.

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