Las PN y PJ que hayan realizado inicio de actividades al 31.03.2020, en los
rubros establecidos en Decreto Exento Nº 240 de 23 de junio de 2021,
del Ministerio de Hacienda, tendrán
derecho al Bono de Alivio (del art. 1°), sin tener que cumplir con los
requisitos a) y b), pero siempre que tengan ventas inferiores a 25.000 UF.
Se entenderá que los microempresarios pertenecientes al rubro de ferias libres
serán beneficiados del bono de Alivio Mype, por el solo hecho de tener permiso
municipal al día, no siéndoles aplicables los requisitos establecidos en la
letra a) y b) del artículo primero de la Ley Nº21.354 de 17/06/2021
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