El préstamo para pago de cotizaciones podrá ser
solicitado por personas naturales y jurídicas que fueren empleadores que cumplan
las condiciones del artículo 1 de la Ley Nº 21.354 de 17 de junio de 2021, y que
tuvieren o hubieren contratado hasta 49 trabajadores al 31 de marzo del año
2021. |