El total del monto otorgado al beneficiario por concepto
de Préstamo para el Pago de Cotizaciones, se devolverá al Fisco a través del
Servicio de Tesorerías, en cinco cuotas anuales y sucesivas, sin multas ni
intereses. Las cuotas anuales serán de un 20% del monto otorgado. Las cuotas que
corresponda pagar se reajustarán según la variación del Índice de Precios al
Consumidor en el período comprendido entre el último día del mes anterior al que
se entregó el beneficio y el último día del mes anterior al pago. |