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Nuevo beneficio Tributario por compras de viviendas nuevas | Nuevo beneficio Tributario por compras de viviendas nuevas

 Pregunta   ID:   001.360.8467.001  Fecha de Creación:   15/12/2023

¿Cuál es la forma de hacer uso del crédito?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   15/12/2023

La forma de hacer uso del crédito será la siguiente:

  • Los contribuyentes obligados a presentar la declaración de los impuestos anuales a la renta,

Imputarán el crédito directamente sobre el impuesto determinado correspondiente al año comercial respectivo

  • Contribuyentes del Impuesto Único de Segunda Categoría (IUSC)

Las personas cuyas rentas se encuentren gravadas por el número 1 del artículo 43 de la LIR deberán, efectuar una reliquidación de los impuestos retenidos durante el año comercial respectivo.

  • Tramos exentos

Deberá, para el sólo efecto de solicitar la devolución del crédito establecido en el presente artículo, presentar la declaración jurada anual de sus rentas, señalada en el artículo 65 de la LIR

  • Devolución

Se reajustará en la forma dispuesta en el artículo 97 de la LIR y se devolverá por el Servicio de Tesorerías, en el plazo que señala dicha disposición.

En base a la información disponible, el Servicio propondrá a los contribuyentes el monto del crédito a utilizar, sin perjuicio que el contribuyente pueda solicitar el beneficio, en la medida que cumpla los requisitos establecidos en la Ley, aun cuando no esté incorporado en la propuesta de la declaración de renta, formulario 22.

Más información puede ser consultada en el sitio web sii.cl, sección Normativa y Legislación, menú Circulares, opción Circular N°51de 2023