Son las entidades o instituciones acreedoras de los créditos con garantía
hipotecaria, deberán proporcionar tanto al Servicio de Impuestos Internos como
al contribuyente beneficiario del crédito, la información relacionada con los
créditos, por los medios, forma y plazo que dicho organismo determine.
Para estos efectos el Servicio de Impuestos Internos emitió la
Resolución N° 135 de 2023.
Más
información puede ser consultada en el sitio web sii.cl, sección Normativa y
Legislación, menú Circulares, opción Circular N°51de 2023
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