Como Empresario Individual ¿Estoy obligado a algún pago adicional para el reintegro del Préstamo con tasa real 0%?
Sí. El artículo 9 de la Ley N° 21.252 señala que, en el caso de los empresarios individuales, estos deben adicionar un 3% en los Pagos Provisionales Mensuales Obligatorios que se declaren en los respectivos formularios de impuestos mensuales (formulario 29). Este pago adicional se deberá realizar a partir del día 01 de septiembre de 2021.
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