Las cuotas anuales se pagarán en el proceso de declaración anual de impuesto a la renta conforme al artículo 65 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, debiendo enterarse la primera cuota en el proceso que se lleve a cabo en el año 2023 (Año Tributario 2023). Quedarán obligados a presentar la referida declaración, mientras mantengan un saldo pendiente por devolver, todas las personas que accedan al Préstamo para el Pago de Cotizaciones.
Sin embargo, cada cuota no puede exceder el 10% de tus rentas, y si queda un saldo por pagar después de la quinta cuota, será condonada.