¿Existen restricciones para recibir el Subsidio?

ID: 001.440.8174.003
Fecha de creación: 09/06/2022
Fecha de actualización: 28/01/2025

Sí, las restricciones existentes son las que se indican a continuación:

  • Las personas naturales y jurídicas que inicien actividades después del día 30 de abril de 2022 no tendrán derecho a recibir el subsidio correspondiente a los meses de mayo, junio y julio de 2022.

  • Las personas naturales y jurídicas que inicien actividades desde el 1 de agosto de 2022 en adelante no tendrán derecho a recibir el subsidio, salvo que se cumpla el supuesto de reajuste al ingreso mínimo mensual contemplado en el artículo 8 de la Ley N° 21.456, caso en el cual tendrán derecho a recibirlo por los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2023.

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