La exención del Impuesto Territorial de una
propiedad comprada por una iglesia puede ser
solicitada por un representante de la misma
iglesia.
El representante de la iglesia debe solicitar la
“Exención
de Impuesto Territorial” en las Oficinas del
Servicio de Impuestos Internos o en la Oficina
de Convenio Municipal de la comuna donde se
encuentra el predio, aportando la personalidad
jurídica de la iglesia,
y la documentación que acredite la destinación
permanente a un culto.
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