PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Bienes Raíces | Contribuciones | Pago de contribuciones | Acerca del pago de contribuciones

 Pregunta   ID:   001.004.2524.007  Fecha de Creación:   16/03/2005

¿Qué se debe hacer para dejar de pagar contribuciones por una vivienda quemada?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   12/09/2023

El procedimiento permanente, contempla que se deberá hacer la solicitud en la oficina de la jurisdicción de la propiedad, adjuntando un certificado de Bomberos que acredite tal siniestro.

 Adicionalmente, se informa que las modificaciones que dicen relación con siniestros regirán desde el 1 de enero del año en que ocurra la causal, siempre que se solicite dentro de ese mismo año y no procede la devolución de impuestos, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 17.235.

Cómo procedimiento extraordinario, atendidos los hechos de público conocimiento, acaecidos a partir del 18 de octubre de 2019, y teniendo presente que la letra e) del artículo 10 de la Ley de Impuesto Territorial, establece como causal de revisión del avalúo de un inmueble la circunstancia que éste se vea afectado por siniestros u otros factores que disminuyan considerablemente el valor de la propiedad, por causas no imputables al propietario u ocupante, se ha instruido mediante la Circular N°42 de 30 de octubre de  2019:

Respecto de los contribuyentes domiciliados en comunas afectadas por los hechos ocurridos en el país desde el día 18 de octubre del año en curso en adelante, que hayan sufrido daños en su inmueble, podrán solicitar la rebaja del avalúo de dicha propiedad.

En este sentido, debe tratarse de la destrucción o daño grave de las edificaciones existentes en su propiedad, o bien de la disminución del valor del predio respectivo.

Para este efecto, a su petición deberá acompañar cualquiera de los antecedentes referidos en la letra b del número I de la Circular antes indicada, que acrediten los daños sufridos en el inmueble y que sirven de fundamento de la solicitud de modificación de avalúo.

No obstante, lo indicado, el Servicio podrá verificar en terreno las condiciones del inmueble, a objeto de mejor resolver la petición del contribuyente.

 Para estos efectos en la solicitud de modificación de avalúo, se deberá indicar en la materia: “Modificación de Catastro Físico - Siniestro”
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 Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Avalúos y contribuciones de bienes raíces; Ayudas, opción ¿Cómo se hace para?, Bienes raíces, además en la sección Normativa y Legislación, opción Circulares en  Circular N° 42 de 2019.