El valor de las contribuciones se calcula sobre la base del avalúo
del predio. Existen bienes raíces que gozan de una exención en una parte
de ese avalúo, que no se considera para calcular las contribuciones y recibe el
nombre de avalúo exento. Los bienes raíces que gozan de dicha
exención son, por
ejemplo, los que están acogidos al beneficio tributario del DFL-2, que dura 10, 15
ó 20 años dependiendo del caso.
El año de término de la exención se refiere al año en que
el avalúo exento, o sea, la parte del avalúo que no se consideraba en la base
del cálculo para el pago de contribuciones pasará a ser agregado como avalúo
afecto a impuesto porque dejará de gozar del beneficio.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio
Web del SII, sección Servicios online, menú Avalúos y Contribuciones de bienes raíces, opción
Ayudas. |