El avalúo de una propiedad no
agrícola está compuesto por la suma del avalúo de terreno más el avalúo de todas
las construcciones que existan en él.
En el caso de las propiedades
habitacionales existe un monto de avalúo exento de impuesto, igual a $20.086.180
en moneda del 01.01.2014, por lo que
aquellas que tengan un avalúo menor o igual a esta cifra, no pagan
contribuciones. Aquellas propiedades habitacionales cuyo avalúo supere el monto
anterior, pagarán contribuciones por la parte del avalúo que exceda dicha cifra.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú
Normativa y legislación, opción Resoluciones, específicamente en
Resolución Ex.
N° 108, de 2013, para acceder a las
definiciones técnicas que norman los
reavalúos no agrícolas año 2014.
|