PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Bienes Raíces | Contribuciones | Pago de contribuciones | Acerca del pago de contribuciones

 Pregunta   ID:   001.004.4738.002  Fecha de Creación:   11/12/2006

¿Qué propiedades de servicios públicos y desde cuándo deben comenzar a pagar el Impuesto Territorial?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   08/05/2023

Deben comenzar a pagar Impuesto Territorial desde el 1 de enero de 2006, de acuerdo con el artículo 2, de la Ley N° 20.033, publicada en el Diario Oficial el 1 de julio de 2005, que reemplazó el cuadro anexo N° 1 y N° 2 de la Ley N° 17.235 sobre Impuesto Territorial, párrafo I, letra a), número 1.

Se hace presente que el fisco estará exento del 100% de Impuesto Territorial con excepción de los bienes raíces de las sedes matrices de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de los ministerios, servicios públicos, intendencias y gobernaciones. Por otra parte, en el Diario Oficial, publicado el 23 de enero de 2006, aparece la nómina de las propiedades correspondientes a sedes matrices afectas al Impuesto Territorial.