Los contribuyentes pueden solicitar al SII una
revisión de su avalúo una vez vencido el plazo
para reclamar, conforme con lo establecido en el
artículo 10° de La Ley N°17.235 sobre Impuesto
Territorial. Para esto deben presentar una
solicitud de modificación al catastro de bienes
raíces, en las Oficinas del Servicio de
Impuestos Internos o en la Oficina de Convenio
Municipal de la comuna donde se encuentra el
predio, aportando la documentación requerida, de
acuerdo a lo señalado en el
Anexo
de la Resolución Exenta SII N° 46 de 2017. |