PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Bienes Raíces | Sobre el avalúo o tasación de bienes raíces | Reavalúo | No agrícola | Reavalúo No Agrícola 2018 | Información Reavalúo

 Pregunta   ID:   001.004.7043.002  Fecha de Creación:   29/12/2017

Si no estoy de acuerdo con el nuevo avalúo que el SII ha determinado para mi bien raíz por el Reavalúo 2018, ¿Dónde puedo reclamar?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   29/06/2023

De acuerdo con lo establecido en el artículo 149° del Código Tributario, los contribuyentes pueden reclamar del avalúo que el SII ha determinado para su bien raíz. Esta reclamación debe realizarse directamente en el Tribunal Tributario y Aduanero que corresponda a la jurisdicción de su bien raíz. No se requiere abogado para presentar reclamación a dicho Tribunal.

Para mayor información sobre la ubicación de los Tribunales, consultar www.tta.cl.

El período para presentar un reclamo ante dicho Tribunal es de 180 días hábiles (lunes a sábado) a contar del día siguiente del término de exhibición del rol de avalúo por parte de la Municipalidad respectiva. Este plazo se suspende si el contribuyente presenta un recurso de reposición administrativo frente al SII, reiniciándose en cuanto éste sea notificada o se cumpla el plazo para dar respuesta, el cual es de 90 días hábiles (lunes a viernes) contados desde su presentación.

La presentación de un reclamo de avalúo sólo podrá fundarse en alguna de las siguientes causales:

·         Errores en la determinación de la superficie de los terrenos o construcciones.

·         Aplicación errónea de las tablas de clasificación de las construcciones y de los terrenos en la propiedad o en una parte de ella.

·         Errores de transcripción, de copia o de cálculo.