De acuerdo con lo establecido en el artículo
3°, de la Ley N° 17.235 sobre Impuesto Territorial, si con ocasión de un
reavalúo las contribuciones aumentan en más de un 25% respecto de las que
debieron cobrarse el segundo semestre de 2018, y tienen una cuota trimestral
reavaluada superior a
$8.275, las contribuciones netas se benefician con alza gradual. Es decir:
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Las cuotas 1 y 2 de contribuciones, del primer semestre de 2019,
no podrán aumentar en más de un 25% de lo que debió haberse cobrado en el
segundo semestre de 2018.
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En el caso de los sitios no edificados, propiedades abandonadas y
pozos lastreros, cuyos reavalúos se realizan anualmente, el segundo semestre
de 2019 las cuotas se incrementarán en hasta un 10% semestral.
Por su parte, para propiedades que al segundo semestre de 2018 se
encontraban exentas del pago de contribuciones, y que producto de este proceso
de reavalúo pasan a estar afectas, es decir, que por primera vez pagarán
contribuciones, y cuya nueva cuota neta sea mayor a la cuota fijada como mínima,
al 1 de enero de 2019, pagarán como máximo dicho monto en las primeras dos
cuotas de contribuciones, correspondientes al primer semestre, incrementando su
valor en hasta un 10% en el semestre siguiente. En el caso de que la nueva cuota
sea menor o igual a la cuota mínima ,
al 1 de enero de 2019, no aplica este beneficio de alza gradual, por lo que
deberán pagar el total de la contribución.
Este beneficio no aplica a las componentes de giro de contribuciones
asociadas a las sobretasas, ya sea la sobretasa fiscal del 0,025% o la sobretasa
del 100% para sitios no edificados.
Para mayor información consulte la Guía para el
Cálculo de Contribuciones, paso N° 4, Alza Gradual de Contribuciones.
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