El giro y pago de Sobretasa se realiza en la misma oportunidad que el Impuesto
Territorial o contribuciones, en conjunto con roles semestrales.
Este es anual y se paga en cuatro cuotas, las cuales son calculadas al 1 de
enero de cada año y son producto de la división del monto total en cuatro
parcialidades. Para estos efectos se reajusta el valor del avalúo fiscal total
al 31 de diciembre del año anterior. Estas 4 cuotas podrán ser pagadas desde la
fecha de su emisión en el mes de abril de cada año, sin sobrepasar fecha de
vencimiento correspondiente.
Cuota 1 _ vencimiento 30 abril
Cuota 2 _ vencimiento 30 junio
Cuota 3 _ vencimiento 30 septiembre
Cuota 4 _ vencimiento 30 diciembre
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