PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Bienes Raíces | Sobre el avalúo o tasación de bienes raíces | Reavalúo | No agrícola | Reavalúo No Agrícola 2022 | Contribuciones

 Pregunta   ID:   001.004.8151.003  Fecha de Creación:   04/05/2022

¿Qué pasa si mi cuota de contribuciones del primer semestre de 2022 aumentó más de un 25% respecto de lo que debí haber pagado el segundo semestre de 2021?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   05/05/2022

De acuerdo con lo establecido en el artículo 3° de la Ley N°17.235 sobre Impuesto Territorial, si con ocasión de un Reavalúo las contribuciones aumentan en más de un 25% respecto de las que debieron cobrarse el 2° semestre de 2021, y tienen una cuota trimestral reavaluada superior a a $9.415 ($5.000 al 1 de enero de 2003), las contribuciones netas se benefician con alza gradual, de la siguiente forma: las cuotas 1 y 2 de contribuciones del primer semestre de 2022  no superarán el 25% de lo que debió haberse cobrado en el 2° semestre de 2021. A contar del 2° semestre de 2022, las cuotas se incrementarán en hasta un 10% semestral, por un período máximo de hasta 7 semestres, excluido el primero. En el caso de los sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, el alza gradual se puede extender máximo hasta por dos semestres, ya que este tipo de bienes raíces se reavalúa anualmente.

Para propiedades que al segundo semestre de 2021 se encontraban exentas del pago de             contribuciones y que producto de este reavalúo pasan a estar afectos, es decir, por primera      vez pagarán contribuciones, y cuya nueva cuota trimestral reavaluada es superior a $9.415, pagarán como máximo dicho monto en las primeras 2 cuotas de contribuciones, correspondientes al primer semestre, y la parte que exceda este valor formará parte de incrementos graduales semestrales de hasta un 10%, que se extenderá como máximo hasta el segundo semestre de 2025.

Si la nueva cuota es menor o igual a la cuota mínima fijada, al 1 de enero de 2022, no aplica este beneficio de alza gradual, por lo que deberán pagar el total de la cuota de contribuciones respectiva.

Ejemplo:

Si durante el segundo semestre de 2021 usted cancelaba una contribución de $ 8.000 por cuota, y producto de la entrada en vigencia del Reavalúo éstas se incrementan a $30.000 por cuota, con un incremento de contribución de un 275%, el bien raíz se acoge al beneficio de incremento gradual de contribuciones. Considerando que la cuota de contribución del primer semestre de 2022 puede aumentar hasta un 25% respecto de la cobrada en el segundo semestre de 2021, ésta corresponderá a $10.000. 

El incremento gradual de las contribuciones, semestre a semestre, será el siguiente:

AÑO

CUOTAS

CUOTA DE CONTRIBUCIÓN SIN BENEFICIO DE ALZA GRADUAL

DESCUENTO POR BENEFICIO DE ALZA GRADUAL (LEY 20.033)

CUOTA DE CONTRIBUCIONES CON BENEFICIO DE ALZA GRADUAL

INCREMENTO SEMESTRAL PORCENTUAL

2021

2º Semestre (*)

 

 

8.000

 

2022

1 y 2

30.000

20.000

10.000

25%

3 y 4

30.000

19.000

11.000

10%

2023

1 y 2

30.000

17.900

12.100

10%

3 y 4

30.000

16.690

13.310

10%

2024

1 y 2

30.000

15.359

14.641

10%

3 y 4

30.000

13.895

16.105

10%

2025

1 y 2

30.000

12.284

17.716

10%

3 y 4

30.000

10.513

19.487

10%

Notas:

- Todos los valores informados en esta notificación se encuentran expresados en pesos ($) del 1 de enero de 2022, y el valor de 2° semestre de 2021 se ha reajustado de acuerdo al porcentaje de variación del IPC en el período de junio a diciembre de 2021, es decir, 1,051%.

- Las cuotas de contribuciones informadas no incluyen sobretasa fiscal (si correspondiere), derechos de aseo municipal, ni posibles modificaciones individuales que a futuro afecten el avalúo del bien raíz (ampliaciones, nuevas construcciones, etc.). 

- (*) La cuota de contribuciones informada para el segundo semestre de 2021 considera el efecto de un eventual giro de reemplazo o suplementario cobrado por ese mismo período.