PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Bienes Raíces | Sobre el avalúo o tasación de bienes raíces | Reavalúo | No agrícola | Reavalúo Sitios No Edificados, Propiedades Abandonadas o Pozos Lastreros 2024

 Pregunta   ID:   001.004.8542.001  Fecha de Creación:   15/04/2024

¿En qué consiste la sobretasa que se aplica a los bienes raíces reavaluados en el proceso de Reavalúo de sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros 2024?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   15/04/2024

La sobretasa que se aplica a los bienes raíces reavaluados, consiste en una sobretasa del 100% respecto de la tasa vigente del impuesto que se aplica a bienes raíces afectos al pago de impuesto territorial.

Esta sobretasa no será aplicada en áreas de extensión urbana o urbanizables determinadas por los instrumentos de planificación territorial vigentes. Tampoco se aplicará dicha sobretasa a los inmuebles localizados fuera de los límites del área geográfica donde se prestan los servicios públicos de distribución de agua potable y de recolección de aguas servidas.

Fuente: artículo 8° de la Ley N°17.235 sobre Impuesto Territorial y Circular SII N°31 del 12 de julio de 2019.