Todos los contribuyentes que emitan boletas de ventas y servicios por papel están obligados a emitir este documento en formato electrónico, así como también los contribuyentes que inician actividades y que cumplan los requisitos para emitir boleta electrónica, en las fechas que estableció la Resolución N° 74 de 2020, y luego modificada por ley 21.256, esto es:
1° de enero del 2021 para los que ya son facturadores electrónicos, y
1° de marzo 2021 para los que no son facturadores electrónicos
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Factura electrónica, opción Boleta Electrónica de ventas y servicios.