¿Deben los contribuyentes seguir enviándo el Resumen de Ventas Diarias, con la obligatoriedad de la Boleta Electrónica y su envío al SII?

ID: 001.380.7679.005
Fecha de creación: 17/07/2020
Fecha de actualización: 25/04/2025

Solo por las operaciones hasta el 31 de julio de 2022, se debe generar y enviar al SII el archivo denominado “Resumen de ventas diarias”, correspondiente a las referidas al día inmediatamente anterior, de acuerdo a lo indicado en la Resolución N°74 del 2020 y en la forma establecida en su Anexo N°1.

A partir de agosto de 2022, según indica la Resolución N°53 del 2022, se elimina la obligación de enviar el Resumen de Ventas Diarias; esta disposición aplica para todos los contribuyentes independiente del sistema utilizado y las excepciones al envío se mantienen. Por lo tanto, el Registro de Compras y Ventas se alimentará de las boletas electrónicas recibidas en el SII.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Factura electrónica, opción Boleta Electrónica de ventas y servicios. 

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