Los requisitos son los siguientes:
- Tener Clave Tributaria para operar en el sitio Web del SII.
- Estar autorizado por el contribuyente emisor.
El período de vigencia de los usuarios autorizados para realización de estas operaciones será de un año, contado a partir de la fecha en que fue autorizado, la que quedará registrada en un comprobante de autorización de usuario emitido al contribuyente por el sistema y en las bases de datos del SII.
El contribuyente emisor que ha autorizado a terceros a emitir Boletas de Honorarios Electrónicas en su nombre, podrá, a través de la mencionada aplicación computacional, eliminar a los usuarios autorizados que anteriormente han sido ingresados.