PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Boletas de honorarios electrónicas | Boleta de prestación de servicios de terceros electrónica | ¿Quienes pueden emitir boleta de prestación de servicios de terceros electrónica?

 Pregunta   ID:   001.120.1121.006  Fecha de Creación:   17/03/2004

¿Una empresa que emite boletas de prestación de servicios de terceros puede emitirlas electrónicamente?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   30/08/2023

Sí, una empresa que emite boletas de prestación de servicios de terceros debe emitirlas electrónicamente, para lo cual debe ingresar al sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Boletas de Honorario Electrónicas, opción Boletas de Prestación de Servicios de Terceros Electrónicas (BTE)

Adicionalmente, desde el menú señalado, opción Boletas de Prestación de Servicios de Terceros Electrónicas (BTE) los contribuyentes tienen a su disposición las siguientes aplicaciones:

  • Emitir BTE por contribuyente
  • Consulta de BTE's recibidas
  • Consulta de BTE's emitidas
  • Anulación de BTE's

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, Resoluciones, opción Resolución Exenta N° 112, de 2004, relativa a la emisión de boletas de prestación de servicios de terceros electrónicas.