No, el SII no ha definido un procedimiento formal que considere la confirmación de la recepción de una Boleta de Honorarios Electrónica enviada por e-mail a la casilla de correo electrónica del cliente. No obstante lo anterior, el emisor puede convenir con el receptor los mecanismos que estimen convenientes, de forma mutua, para confirmar la recepción del e-mail o correo electrónico.
Adicionalmente, los receptores de Boletas de Honorarios Electrónicas podrán obtener desde el sitio Web del SII, sección Servicios online, Boletas de honorarios electrónicas, Emisor de Boleta de honorarios, Consultas sobre boletas de honorarios electrónicas, opción Consultar boletas recibidas, informes mensuales con el detalle de los documentos emitidos a su nombre. Estos informes servirán de respaldo al contribuyente para llevar el control de pagos de honorarios y retenciones mensuales, los que, además, podrán ser guardados en archivo computacional con formato de planilla electrónica.