Sí, para ello debe ingresar al
sitio Web del SII, menú Boleta de Honorarios Electrónicas, opción
Emitir
boletas. El sistema le presentará un formato de boleta para emitir por
el total, sin retención. Además, se consignará en el documento la leyenda
"Sociedad de Profesionales Sujeta a las Normas de Primera Categoría,
conforme el inciso tercero, N° 2, del artículo 42 de la Ley de la Renta.
Si la aplicación
disponible en el sitio Web no le muestra la leyenda señalada precedentemente,
el contribuyente deberá concurrir a la oficina del SII correspondiente a su
domicilio comercial, para que se incorpore al sistema la marca que le permita
emitir boletas con dichas características, partiendo de la base que no le sea
permitido hacerlo online.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, opción
Circular
N° 21, de 1991.
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